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¿QUE ES LA OMIAC?
Es una oficina creada especialmente para mejorar la calidad de servicio al ciudadano y conseguir una Administración acogedora, receptiva y eficiente. El objetivo prioritario es integrar en un único punto de atención, un servicio de información, registro y tramitación que, mediante la simplificación y agilización de procesos, facilite el acceso de la ciudadanía y el ciudadano al Ayuntamiento.
SOLICITUDES:
- Recepción y derivación de cualquier tipo de quejas.
- Reclamaciones de todo tipo.
CONSULTAS
- Informar y orientar a los ciudadanos de Jaén sobre los recursos municipales existentes, así como los trámites necesarios para acceder a los mismos.
- Informar sobre cuestiones y asuntos de interés municipal, así como canalizar las posibles demandas hacia otras instituciones.
- Informar sobre otras cuestiones y asuntos: oposiciones, concursos, becas, premios etc.
- Servir de tablón de anuncios para todas aquellas actividades de carácter social y cultural que el Ayuntamiento de Jaén organice o se partícipe.
- Información sobre la ciudad, agenda de actividades, instalaciones, campañas, direcciones de organismos oficiales y otros datos de interés.
"Sus peticiones serán atendidas y si no podemos resolverlas les dirigiremos a donde pueda hacerlo"
COMPROMISOS
Las personas que acudan a la Oficina Municipal de Atención Ciudadana pueden esperar:
- Ser tratadas con respeto y amabilidad
- Ser informadas con claridad de cuantos asuntos estén relacionados con el motivo de la consulta
- Que los datos presentados por las personas que requieren un servicio sean tratados con confidencialidad.
- Poner a su disposición cauces eficaces para la presentación de avisos, quejas, sugerencias y reclamaciones.
- Ahorrar esfuerzos y favorecer la agilidad a la ciudadanía en su relación con los procedimientos administrativos.
- Mejorar continuamente la atención prestada y los procedimientos puestos a disposición de la ciudadanía.
NORMATIVA REGULADORA DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR LA OFICINA DE INFORMACIÓN Y ATENCION CIUDADANA.
- La Constitución Española en su art. 9.2.
- El derecho de petición del art. 29 de la Constitución Española
- La ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27 de Noviembre), modificada por la ley 4/99
- El Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los Servicios de Información Administrativa y Atención al Ciudadano (BOE del 4 de marzo-1996)
Llámenos y dénos su opinión
Progresivamente iremos incorporando nueva información, trámites y servicios; por eso necesitamos conocer su opinión.
La opinión de la ciudadanía nos ayuda a saber hacia donde debe ir nuestro servicio y corregir nuestras carencias.
Calle
Pintor Francisco Quero de Miguel (Lateral UPM), s/n
Planta Baja (Derecha)
23006 Jaén (Jaén)
Telf: 900 72 72 73
953 24 59 23
De 09:00 h. a 13:30 h de Lunes a Viernes
Correo electrónico: oic@aytojaen.es
Fecha última modificación: 22 de enero de 2024 a las 14:17