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En estos casos la tintorería indemnizará al usuario por el valor de la prenda según factura, descontando, las siguientes cantidades como valores máximos de desgaste, referidos a la fecha de la misma:
*MENOS DE UN AÑO DE ANTIGÜEDAD: se descontará el 20% del valor de la factura.
*DE UN AÑO Y UN DIA A DOS AÑOS: se descontará el 40% del valor de la factura.
*DE DOS AÑOS Y UN DIA A TRES AÑOS: descuento del 70% del valor de la factura.
*MAS DE TRES AÑOS Y HASTA CINCO: descuento del 75% del valor de la factura.
(Véase la página web del sector http://guia.tintorerias.com).
Las prendas de diseño o de alta costura serán sometidas a valoración pericial, cuyo coste correrá a cargo de la tintorería en el caso de que los defectos de la prenda fuesen imputables a una mala manipulación en el proceso de tratamiento y limpieza.
De no existir factura, la indemnización será determinada según peritaje.
Real Decreto 1453/1987 Reglamento regulador de los servicios de limpieza y conservación de productos textiles, cueros, pieles y sintéticos (texto consolidado a 31-12-2009)
Tipo de archivo: PDF |
Idioma: Castellano
Fecha última modificación: 14 de diciembre de 2011 a las 14:41