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A) Denominación comercial de la especie
Para diferenciar en los mercados los productos pesqueros de nuestras costas y competir en calidad es fundamental que el pescado esté correctamente identificado con su nombre comercial.
B) Nombre de la zona de captura o de cría
La zona informa sobre el origen o procedencia geográfica del producto. En el caso de la pesca extractiva, los mares se dividen en doce grandes zonas y cada una de ellas tiene asignado un nombre. Las zonas habituales de captura de las embarcaciones andaluzas son:
-Atlántico Noreste (de la que forma parte el Atlántico andaluz, zona FAO 27).
-Mar Mediterráneo (Zona FAO 37).
Para identificar con más precisión el origen de los productos andaluces, a la mención obligatoria de la zona, las lonjas de los puertos de Andalucía añaden en la etiqueta información sobre el caladero de procedencia:
-Atlántico Noreste. Andalucía: Estrecho de Gibraltar.
-Atlántico Noreste. Andalucía: Golfo de Cádiz.
-Mar Mediterráneo. Andalucía.
-Mar Mediterráneo. Andalucía: Mar de Alborán.
Cuando se trate de productos de la acuicultura o pescados en aguas dulces, se indicará el nombre del país donde se haya pescado o cultivado el producto en su fase final de desarrollo.
C) Método de producción
La información referida al método de producción debe aparecer en la tablilla del siguiente modo:
>Pesca extractiva o Pescado, cuando se trate de productos procedentes de la pesca marítima.
>Pescado en aguas dulces, para productos de pesca continental (ríos, lagos, etc.).
>Criado o Acuicultura, para productos de cultivo.
>Marisqueo, para los moluscos como la chirla, almeja, coquina, etc.
D) Modo de presentación y/o tratamiento
Es obligatorio incluir en la etiqueta menciones referidas a la presentación y/o tratamiento al que ha sido sometido el producto, de acuerdo con las siguientes normas:
>Para productos vivos, frescos, refrigerados o cocidos, se recomiendan estas abreviaturas:
*Evs: Eviscerado.
*C/C: Con cabeza.
*S/C: Sin cabeza.
*Fl: Fileteado.
*CC: Cocido.
*Descongelado
*Otros: (incluir otros modos de presentación y/o tratamiento)
>Productos congelados y ultracongelados:
*Entero
*Filetes
*Otros (especificando la forma de presentación)
Además deberá especificarse en la tablilla "Producto congelado".
>Los productos descongelados, para ser expuestos directamente de nuevo a la venta en el mercado, presentados como frescos, deberán ir acompañados de las siguientes especificaciones:
*Fecha de caducidad
*Producto descongelado.
Ley 17/2011 de seguridad alimentaria y nutrición
Tipo de archivo: PDF |
Idioma: Castellano
Fecha última modificación: 8 de noviembre de 2019 a las 11:45