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El Ayuntamiento ofrece información sobre las medidas sociales decretadas por el Gobierno en relación al pago de alquileres e hipotecas

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La concejala de Políticas Sociales,Ángeles Díaz, recuerda las medidas sociales que el Gobierno de España, debido ala pandemia del Covid-19, ha puesto en marcha con la intención de no dejar anadie atrás. Se trata de "un escudo social frente al coronavirus con el que elEjecutivo central, apoyado por el resto de administraciones, quiere mostrar suapoyo a las personas y familias que, debido a esta situación, se encuentran ensituación de vulnerabilidad".

 

Entre esas medidas,uno de los primeros bloques hace referencia al apoyo de las personas que nopuedan pagar sus alquileres por encontrarse en situación de vulnerabilidad porel COVID-19 y no tengan alternativa habitacional. Por ello, la concejala harecordado que se suspenden los desahucios durante seis meses desde la entradaen vigor del estado de alarma. También se implanta la renovación automática delos contratos de alquiler que venzan en los tres meses siguientes a la entradaen vigor de esta norma. Esta prórroga será de seis meses y en ella semantendrán los términos y condiciones del contrato en vigor. En tercer lugar,se establece una moratoria automática en el pago de su renta para aquellos arrendatariosen situación de vulnerabilidad cuyo arrendador sea un gran tenedor de vivienda,tanto público como privado, incluido el Fondo Social de Vivienda de lasentidades financieras. Se entiende como tal a quien posea más de diezinmuebles.

 

         Porúltimo, y en cuarto lugar se regula la moratoria para el caso en el que elarrendador no sea un gran tenedor de inmuebles, algo que sucede en el 85% delos casos. En estas circunstancias, el inquilino podrá solicitar unaplazamiento en el pago de su renta. En todo caso, ha apuntado que losinquilinos "afectados por la situación podrán acogerse a la línea definanciación y ayudas que establecerá el ICO".

 

         Laconcejala de Políticas Sociales ha recordado que la moratoria se hace tambiénextensiva a las hipotecas, "pasando el plazo de suspensión de uno a tres meses,aclarando que las cuotas suspendidas no se abonan al finalizar la suspensión,sino que todos los pagos restantes se posponen por idéntico periodo". En estesentido, Ángeles Díaz ha señalado que el objeto de la moratoria hipotecaria,además del ya aprobado de vivienda habitual, se amplía a los inmuebles afectosa la actividad de profesionales y empresarios (locales, oficinas¿), siempre queéstos estén dentro de los supuestos de aplicación, así como a las viviendas nohabituales, arrendadas, siempre que el inquilino en base a la moratoriaaprobada haya dejado de pagar la renta. El Real Decreto-Ley establece, además, laposibilidad de una moratoria en los créditos y préstamos no hipotecarios quemantengan las personas en situación de vulnerabilidad, incluyendo los créditosal consumo. Finalmente, se habilita a las corporaciones locales "para que utilicemosel superávit de ejercicios anteriores para adoptar medidas de apoyo acolectivos vulnerables en materia de vivienda", ha subrayado.

 

         Noobstante, para más información Díaz ha apuntado que el Ayuntamiento ha puesto adisposición de la ciudadanía un teléfono y una dirección de correo electrónicade la Oficina Municipal por la Vivienda, gestionada por Somuvisa, "donde ofrecemosayuda e información en las gestiones sobre dichas medidas establecidas por elGobierno central en relación al pago de hipotecas y alquileres durante elestado de alarma". El teléfono es el 673 05 15 47 en horario de 9 a 13 horas. Yel correo electrónico al que se puede dirigir para cualquier consulta es somuvisa@somuvisa.es.

 

Fecha de publicación: 1 de abril de 2020

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