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Según el artículo 30 del Código de Comercio, los empresarios conservarán los libros, correspondencia, documentación y justificantes concernientes a su negocio, debidamente ordenados, durante seis años, a partir del último asiento realizado en los libros.
Código de Comercio y legislación complementaria (edición actualizada a 19 de marzo de 2019)
Tipo de archivo: PDF |
Idioma: Castellano
Fecha última modificación: 26 de noviembre de 2010 a las 11:05