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Prohibida la contratación a domicilio del suministro eléctrico y de gas. Electricidad

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Acoso comercial

El 6 de octubre de 2018 entró en vigor el Real Decreto-ley 15/2018 de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores que prohíbe a las comercializadoras eléctricas, y también a las de gas natural, realizar acciones de publicidad o contratación de sus productos a través de visitas domiciliarias -el denominado sistema "puerta a puerta" -, salvo que la visita fuera solicitada expresamente por el consumidor (Art. 12).

Así se pone fin a los continuos engaños y abusos que se han producido en esta materia, cuyas víctimas han solido ser personas ancianas, a quienes se les hacía firmar contratos en los que, sin ellos saberlo, se daban de baja de su compañía habitual y contrataban con otra nueva. Habitualmente los agentes comerciales que visitaban los domicilios se hacían pasar por empleados de una operadora sin serlo y recababan los datos personales y bancarios de los ingenuos ancianos.

 

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Fecha última modificación: 20 de noviembre de 2018 a las 13:23

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