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¿Qué hacer ante el cierre de una clínica del grupo IDental? Sanidad. Faqs

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Aecosan

En relación con este asunto la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición hizo pública el 25 de mayo de 2018 la siguiente nota en su página web:

La Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN), ante el cierre de clínicas IDental en determinadas localidades del Estado, pone en conocimiento de los afectados, que para poder defender sus derechos adopte las siguientes medidas:

"1. Presentar una reclamación por escrito ante la clínica en las que se esté llevando a cabo los tratamientos odontológicos. Se recomienda que se haga mediante buro-fax.

2. Solicitar a la clínica los historiales mediante buro-fax u otro medio fehaciente. En el caso de no obtener respuesta a esta solicitud, se puede ejercer sus derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), por restringir su derecho de acceso a datos personales.

3. Presentar una reclamación ante las autoridades de consumo en el caso de vulneración de los derechos como consumidor de la Comunidad Autónoma en la que resida el afectado.

4. Presentar una reclamación ante las autoridades sanitarias de la Comunidad Autónoma en la que resida el afectado si se ha producido mala praxis.

5. Si fuera posible, realizar una peritación por un profesional de la odontología y presentar una denuncia ante los juzgados de su localidad.

6. En caso de tener un crédito vinculado, que es aquel que se entiende como crédito que sirve exclusivamente para financiar un contrato relativo al suministro de bienes específicos o a la prestación de servicios específicos :

a. Interponer una reclamación ante los Servicios, Departamentos o Defensores del Cliente de la entidad financiera con la que se tenga el crédito vinculado

b. En el caso de que la entidad no dé respuesta o la misma no sea satisfactoria presentar una reclamación ante el Banco de España: Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones. C/Alcalá 48. 28014 Madrid o en su sucursales

7. En el caso de que se haya firmado un crédito vinculado antes de que hayan trascurrido 14 días naturales, se puede ejercer el derecho de desistimiento.

8. Guardar toda la documentación:

a. Folletos o material publicitario.
b. Presupuestos.
c. Contratos de los créditos vinculados.
d. Resguardo de pagos o/y facturas.

¿Qué vienen realizando las administraciones de consumo en defensa de los afectados?

Asesora a los afectados sobre las medidas y acciones que pueden emprender en defensa de su salud y de la protección de sus legítimos intereses económicos.
1. Tramitar las reclamaciones que se presentan ante los servicios de consumo.
2. Traslado de las reclamaciones a las fiscalías provinciales y a los colegios de odontólogos y estomatólogo.
3. Adoptar las medidas inspectoras y sancionadoras pertinentes."

 

Web: http://www.aecosan.msssi.gob.es/AECOSAN/web/noticias_y_actualizaciones/noticias/2018/idental.htm

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Fecha última modificación: 7 de noviembre de 2019 a las 14:02

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