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Registros de morosos (o ficheros de información sobre solvencia patrimonial y crédito). Protección de datos

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Haga click para ampliar imagen: Registros de morosos

1) La Ley limita el uso de ficheros sobre retraso o incumplimiento de los pagos

La inclusión de las personas que pagan con retraso o no pagan en los ficheros de morosidad (o ficheros de información sobre solvencia patrimonial y crédito) es legal, pero puede suponer la privación de todo crédito para las mismas. Por esta razón, los artículos 13 a 19 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, reconocen una serie de garantías a los particulares.


2) El responsable debe notificar la inclusión

Todo registro de morosos o impagados tiene la obligación de comunicar al afectado su inclusión en este tipo de ficheros en el plazo de un mes a partir de la misma.


3) Derecho a conocer

El afectado tiene derecho a acceder a sus datos en el fichero de morosidad directamente. Algunas empresas y bancos pueden, por su actividad, consultarlos. Tiene derecho a acceder a sus datos a través de los bancos y financieras.


4) Datos exactos y actualizados

Se debe ejercer el derecho de rectificación si los datos no están actualizados o son incompletos. Únicamente si se trata de un error, es decir, no existió ni la deuda ni el retraso en el pago, puede ejercerse el derecho de cancelación.
Estos derechos se ejercen mediante una carta dirigida al fichero de morosidad (véase direcciones en documento al pie de esta página) adjuntando fotocopia del DNI, así como la documentación pertinente. El responsable del fichero dispone de un plazo de 10 días a partir de la recepción de dicha carta para responder al reclamante. Si la respuesta fuese negativa, o si ésta no se produjese, el afectado podrá presentar su reclamación a la Agencia de Protección de Datos (art. 32 del Real Decreto 1720/2007, véase).


5) Tiempo de permanencia en el fichero

El pago o cumplimiento de la deuda determinará la cancelación inmediata de todo dato relativa a la misma. En los restantes supuestos, los datos deberán ser cancelados cuando se hubieran cumplido seis años contados a partir del vencimiento de la obligación o del plazo concreto si aquélla fuese de vencimiento periódico (art. 41 del Real Decreto 1720/2007, véase).

6) Requisitos para la inclusión de datos en los ficheros de información sobre solvencia patrimonial y crédito (morosos):

Según el artículo 38 del Reglamento para el Desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos Carácter Personal (Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre), sólo será posible la inclusión en estos ficheros de datos de carácter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica del afectado, siempre que concurran los siguientes requisitos:

a) Existencia previa de una deuda cierta, vencida, exigible, que haya resultado impagada y respecto de la cual no se haya entablado reclamación judicial, arbitral o administrativa, o tratándose de servicios financieros no se haya planteado una reclamación a los Comisionados para la defensa del cliente de los servicios financieros.

b) Que no hayan transcurrido seis años desde la fecha en que hubo de procederse al pago de la deuda o del vencimiento de la obligación o del plazo concreto si aquélla fuera de vencimiento periódico.

c) Requerimiento previo de pago a quien corresponda el cumplimiento de la obligación. 

 
QUÉ DEBO SABER

La Agencia de Protección de Datos es el Ente Público que garantiza el cumplimiento de los principios que recoge la ley, informándote, además, de la dirección de acceso de los responsables de los ficheros.
Si en el ejercicio de tus derechos no hay contestación del responsable del fichero de morosidad, o ésta no es satisfactoria, debes dirigirte a la Agencia de Protección de Datos para que te ampare en el ejercicio de tus derechos.


Agencia de Protección de Datos

Área de Atención al Ciudadano
C/ Jorge Juan, 6
28001- MADRID
Teléfono 901 100 099
web: www.agpd.es
E-mail: ciudadano@agpd.es

Para contactar con los registros de morosos:

FICHERO BADEXCUG (EXPERIAN)

Apartado de Correos 1188
Teléfono 91 625 89 11
28108 ALCOBENDAS (Madrid) Correo electrónico: badexcug@experian.com  

Web de Badexcug Experian:  http://www.experian.es/contacte-con-nosotros/index.html

ASNEF-EQUIFAX

C/ Velázquez, 64-66-2ª planta
28001 MADRID
Teléfono 91 781 44 00
E-mail: asnef@asnef.com

Web de Asnef-Equifax: https://www.equifax.es/ederechos/Index

 

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Fecha última modificación: 7 de mayo de 2019 a las 10:52

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