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Los seguros del hogar

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La póliza multirriesgo del hogar, bajo sus diversas modalidades, es la más utilizada por los consumidores para asegurar las viviendas. Su ventaja más importante es la variedad de coberturas y su inconveniente, la dificultad al intentar descifrar qué riesgos están cubiertos y cuáles excluidos.
Los contratos de seguros son contratos de "adhesión" lo que significa que el tomador acepta las condiciones determinadas por el asegurador, es decir, da su conformidad, con su firma, al contrato preparado por la compañía aseguradora, por lo que es muy importante conocer que legalmente la póliza ofrecida por el asegurador al tomador debe redactarse de forma clara y precisa, de tal forma que el asegurador tiene la obligación de destacar de modo especial las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados.
Las pólizas multirriesgo suelen contener una cláusula general que enumera una serie de riesgos no cubiertos. Suelen referirse a los supuestos siguientes:
-Vicio o defecto propio de los bienes asegurados, error o defecto de construcción, fabricación o colocación.
-Uso inadecuado, falta de mantenimiento, mala conservación o desgaste.
-Siniestros provocados intencionadamente por el tomador-asegurado, sus familiares o personas que con él convivan o estén a su servicio como asalariados, o cuando hubieren actuado como cómplices o encubridores.
-Daños sobre objetos que sean propiedad de terceros y que se encuentren en poder dle asegurado por cualquier concepto o motivo.
-Riesgos localizados en espacios no dedicados a vivienda (usos profesionales).
-Riesgos derivados de la energía nuclear.
-Daños provocados por la contaminación, corrosión o polución.
-Conflicto armado, así como los daños calificados por el gobierno como "catástrofe, calamidad nacional o terrorismo".
-Siniestros producidos antes del pago de la primera prima.
-Riesgos extraordinarios, sin perjuicio de la cobertura que corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros.


Recomendaciones generales:
-Comparar entre los distintos productos para elegir el que realmente se necesita.
-Leer bien la póliza y las coberturas que alcanza.
-Asignar el valor corresto a continente y contenido porque si se asegura la vivienda en un valor inferior al que realmente tiene, en caso de siniestro se recibe también una indemnización proporcionalmente menor a la que necesitaría para reconstruir o arreglar la casa.
-Contratar los capitales correctos para que la indemnización sea suficiente para hacer frente a las pérdidas económicas que haya sufrido.
-Valorar e incluir todas las dependencias incluidos trasteros, bodegas, garajes, vallas y muros.
-Informarse de qué tipo de indemnización recibirá en caso de siniestro: si será una reposición o reemplazo del bien, la prestación de un servicio, o consistirá en una indemnización en metálico.
-Solicitar un peritaje de los bienes asegurados a la propia compañía seguradora, que de esta forma quedará vinculada por su propio informe.
-Respetar plazos y forma de comunicación con la compañía en caso de siniestro.
-Guardar toda la documentación del seguro: contrato, recibos y publicidad.
-Comprobar que las cláusulas limitativas están redactadas de forma destacada en la póliza, tal y como se exige legalmente.
-Hacer constar a la compañía el interés por asegurar algo concreto, por ejemplo la vitrocerámica o cualquier otro tipo de aparato eléctrico o electrodoméstico.
-Si la vivienda está integrada en una comunidad de propietarios, antes de contratar su póliza individual conviene consultar la de la comunidad. Generalmente, las pólizas de comunidades cubren los daños en todo el edificio.
-Cambiar de prima si se van adquiriendo más cosas, para recibir, en caso de siniestro, el valor real de lo perdido.
-Prestar mucha atención a todos los datos del contrato que se firma, sobre todo a que estén reflejados correctamente.
-Prestar especial atención a las limitaciones y exclusiones.
-Exigir que todas las modificaciones o adiciones del contrato de seguro sean formalizados por escrito.
Quejas y reclamaciones:
El ramo de los seguros del hogar es uno de los que más conflictos entre aseguradoras y titulares de pólizas genera, debido fundamentalmente a que muchas veces se ignora las exclusiones y limitaciones que imponen las cláusulas del contrato. Los problemas más habituales suelen ser: discrepancias en la valoración del siniestro, que afectan al perjudicado, desacuerdo con el informe pericial presentado por la aseguradora, discrepancia con la reparación del siniestro y falta de información e inadecuado asesoramiento al asegurado en la fase previa a la contratación.
El consumidor o tomador del seguro tiene la posibilidad de recurrir a diferentes vías para presentar sus quejas o reclamaciones: Departamentos y servicios de Atención al Cliente y Defensor del Cliente, Dirección General de Seguros, Sistema Arbitral de Consumo y Tribunales competentes. Para más información consúltense los enlaces adjuntos.

 

Descarga de archivos

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Ley 50/1980 de Contrato de Seguro (texto consolidado a 15-07-2015)
Tipo de archivo: PDF | Idioma: Castellano


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Fecha última modificación: 5 de agosto de 2015 a las 07:55

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