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Talleres de reparaciones de automóviles

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Los talleres de reparación de automóviles están regulados por el Real Decreto 1457/1986 de 10 de enero (BOE de 16 de julio de 1986), modificado parcialmente por el Real Decreto 455/2010 (BOE de 29 de abril de 2010),  y en Andalucía por el Decreto 9/2003 de 28 de enero y por la Orden de 25 de enero de 2007, que desarrolla el anterior.

Clasificación

Los talleres pueden clasificarse siguiendo varios criterios posibles:
a) Por su relación con los fabricantes de vehículos y de equipos y componentes. Así tendremos:
>Talleres oficiales de marca
>Talleres independientes.

b) Por su rama de actividad:
>Mecánica (identificada por una llave inglesa)
>Eléctrica (identificada por una flecha quebrada o rayo)
>Carrocería (identificada por un martillo)
>Pintura (identificada por una pistola de pintar).

c) Por el tipo de vehículos que reparan (motocicletas, camiones, turismos, etc.).

d) Por su especialización en trabajos de reparación o sustitución de determinados equipos o sistemas del vehículo (sistemas de refrigeración, neumáticos, inyección, etc.).

Información obligatoria

Todos los talleres deberán tener expuesta en el exterior una placa distintiva que identifique la especialidad del mismo, así como su número de inscripción en el registro especial de Industria.
En el interior del taller, y en lugar visible para los usuarios, deberán exhibirse:
a) La lista de precios del taller, tanto de la mano de obra como de los servicios concretos que se presten.
b) Carteles informativos sobre los derechos de los usuarios:
-derecho a recibir un presupuesto por escrito
-tiempo de garantía de las reparaciones (que es de 3 meses o 2.000 km., excepto para los vehículos industriales, que es de 15 días o 2.000 km.).
-existencia de hojas de reclamaciones a disposición de los usuarios.
-horario de funcionamiento del taller.

Recomendaciones

-No repare su automóvil en talleres que no tengan la placa distintiva ni los rótulos de información obligatoria.
-Exija presupuesto escrito, resguardo de depósito (al entregar su vehículo en el taller) y factura detallada de la reparación.
-Asegúrese de que la orden de trabajo no incluye manipulaciones que Vd. no haya solicitado.
-Exija, siempre que sea posible, piezas o conjuntos nuevos y adecuados a su automóvil.
-Retire las piezas, elementos y conjuntos sustituidos en las reparaciones.

Garantías de las reparaciones

-en vehículos industriales, 15 días o 2.000 kilómetros.

-en vehículos particulares, 3 meses o 2.000 kilómetros.

Estas son las garantías mínimas. En caso de haberse instalado una pieza con una plazo de garantía más largo, será esta última la que se aplique.. 

 

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Fecha última modificación: 23 de agosto de 2016 a las 13:05

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