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Medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda. Arrendamientos. Desahucios

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Función social de la vivienda

El 12 de abril de 2013 entra en vigor el Decreto-Ley 6/2013 de Medidas para Asegurar el Cumplimiento de la Función Social de la Vivienda, aprobado por la Junta de Andalucía el 9 de abril y publicado en el BOJA el 11 del mismo mes. Esta norma prevé la expropiación del uso de la vivienda a los bancos durante un máximo de tres años, en caso de desalojos o desahucios de familias que cumplan con una serie de requisitos y están en riesgo de exclusión social (Disposición adicional segunda). Además se fomentará el alquiler de las viviendas vacías mediante un procedimiento sancionador que multará con cantidades de hasta 9.000 euros a las personas jurídicas que no arrienden sus inmuebles (artículo 25, punto 6).
Las viviendas vacías propiedad de personas físicas no serán objeto de sanción (artículo 25, punto 5).
Véase el documento completo.

 

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Fecha última modificación: 17 de mayo de 2013 a las 12:16

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