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Un taller de aparatos de uso doméstico sólo puede utilizar piezas nuevas en sus reparaciones, excepto en el caso de que el cliente acepte expresamente por escrito que se usen piezas usadas, con la condición de que éstas estén en perfecto estado y garantizadas por el taller. Así lo establece el artículo 4º del Real Decreto 58/1988.
Real Decreto 58/1988 sobre reparaciones de aparatos de uso doméstico (texto consolidado a 31-12-2009)
Tipo de archivo: PDF |
Idioma: Castellano
Fecha última modificación: 23 de agosto de 2016 a las 13:02