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DESENLACE FINAL: LA BANCA DEBERÁ PAGAR EL IMPUESTO DE LOS PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS (Real Decreto-ley 17/2018). Gastos notariales

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El presidente Pedro Sánchez anunciando la buena nueva

Tras la larga peripecia de los últimos días y la rectificación del Tribunal Supremo, el Gobierno ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 17/2018, de 8 de noviembre, por el que se modifica el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre. En su artículo único se establece:

Uno. Se modifica el artículo 29, que queda redactado como sigue:
«Será sujeto pasivo el adquirente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales, o aquellos en cuyo interés se expidan.
Cuando se trate de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, se considerará sujeto pasivo al prestamista».

A partir de ahora será la banca la obligada a tributar por tal concepto.

 

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Fecha última modificación: 9 de noviembre de 2018 a las 13:02

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