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Los organismos de la Administración Pública suelen tener unos impresos de quejas o reclamaciones de uso interno, pero no las Hojas de Reclamaciones de consumo que deben estar a disposición de los clientes de los establecimientos comerciales o de servicios.
El Decreto 72/2008, de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía, que entró en vigor el 27 de junio de 2008, indica en su Artículo 1 (Objeto y ámbito de aplicación):
"3. Las Administraciones Públicas andaluzas podrán establecer sus propios modelos de hojas de quejas y reclamaciones, así como los procedimientos de resolución de las mismas, respecto del funcionamiento de sus propios servicios administrativos".
La Junta de Andalucía ha establecido el Libro de Sugerencias y Reclamaciones, que está a disposición de los ciudadanos en los centros dependientes de ella (véase más información a través del enlace correspondiente).
En el caso de la Administración Pública, ante la que somos ciudadanos administrados y no consumidores, podemos, además, dirigir nuestras quejas al Defensor del Pueblo Andaluz, cuya sede está en:
Calle Reyes Católicos, 21
41001 SEVILLA
Teléfono 954 21 21 21
Fax 954 21 44 97
Página web: www.defensor-and.es
Correo electrónico: defensor@defensor-and.es
Decreto 72/2008 por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones en materia de consumo en Andalucía
Tipo de archivo: PDF |
Idioma: Castellano
Fecha última modificación: 6 de marzo de 2014 a las 11:52