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¿Cómo se tramita la hoja de reclamaciones? Faqs

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Hoja de reclamaciones

De acuerdo con la legislación vigente en Andalucía -muy similar a la de las demás Comunidades Autónomas- todos los establecimientos que vendan productos o presten servicios deberán tener a disposición de los consumidores y usuarios un libro de quejas y reclamaciones de cuya existencia se hará mención en un cartel bien visible colocado en el establecimiento.
Cuando el consumidor considere que hay motivo para plantear una queja o reclamación solicitará en el establecimiento la hoja de reclamaciones, la cual deberá serle entregada obligatoriamente.
Una vez cumplimentada la hoja, el establecimiento quedará en poder de una copia, aquélla en cuyo margen izquierdo se indica "para la parte reclamada". Las otras dos, las destinadas a la "Administración" y a la "parte reclamante", las guardará el consumidor durante un plazo de diez días hábiles (es decir, sin contar domingos ni festivos), dentro del cual la empresa reclamada deberá contestarle a su queja por escrito.
Si transcurrido el plazo citado el consumidor no ha recibido respuesta o, si la ha recibido, no está de acuerdo con ella, presentará las dos copias de la hoja que obran en su poder, bien en el registro del Ayuntamiento de Jaén, plaza de Sta. María (de donde se enviará a la OMIC), bien en el de la Delegación de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía (Paseo de la Estación, 15).
Si por el contrario el establecimiento reclamado contesta favorablemente al consumidor dentro del plazo de diez días hábiles, el asunto se dará por resuelto y no habrá que presentar la hoja de reclamaciones ante ningún organismo público.
Hay algunos sectores que, además del procedimiento habitual descrito, disponen de canales específicos para recibir quejas y reclamaciones. Son los siguientes:
a)Bancos y cajas de ahorros.
b)Seguros e inversiones. 
c)Telefonía y telecomunicaciones.

Base legislativa:

Decreto 472/2019, de 28 de mayo, por el se regulan las hojas de quejas y reclamaciones en Andalucía (BOJA 27-3-08), que entró en vigor el 3 de diciembre de 2019.

 

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Fecha última modificación: 4 de diciembre de 2019 a las 08:47

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