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¿Cómo actuar en el caso de las participaciones preferentes? Arbitraje. Bancos. Cajas. Inversiones. Faqs

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El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, en el Congreso de los Diputados

El 12 de marzo de 2013 el ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos anuncia en el Congreso de los Diputados que esta misma semana se iniciará el procedimiento de arbitraje para los tenedores de participaciones preferentes de Bankia.

El mismo día la Junta Arbitral Nacional de Consumo emite una nota informativa sobre el procedimiento que habrán de seguir las personas afectadas por el problema de las preferentes de Bankia para acogerse al arbitraje.

El 14 de marzo de 2013 la Defensora del Pueblo presenta un informe en el que pide un arbitraje "universal" para todos los inversores que hayan comprado participaciones preferentes de alguna de las entidades financieras intervenidas por el Estado. 

El 23 de marzo de 2013 el BOE publica el Real Decreto-ley 6/2013 de protección a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión por el que se crea la Comisión de seguimiento de instrumentos híbridos de capital y deuda subordinada, cuyas funciones son:

-analizar los factores que han motivido la presentación de reclamaciones relativas a la comercialización de dichos productos financieros.

-determinar criterios básicos para que las entidades participadas por el FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria) acepten someterse al arbitraje de consumo para resolver dichas reclamaciones.

El Real Decreto-ley fue convalidado por el Crongreso de los Diputados el 11 de abril.

La Comisión se ha reunido por primera vez el 17 de abril de 2013.

El 18 de abril de 2013 se ha abierto el plazo de presentación de solicitudes para que los afectados por Participaciones Preferentes y Obligaciones subordinadas de Bankia, puedan ser aceptados al arbitraje con el fin de recuperar su inversión.
Tal y como informa Bankia en su página web, http://www.bankia.com/es/clientes/arbitraje-de-preferentes-y-deuda-subordinada/, los clientes que decidan presentar solicitud de admisión deberán dirigirse a su oficina bancaria y rellenar el formulario previsto para tal fin.
A partir de entonces, el Banco analizará la solicitud y documentación y comunicará al cliente reclamante si ha sido aceptado o no al arbitraje, formalizando en caso positivo el convenio arbitral que será remitido a la Junta Arbitral Nacional para iniciar el procedimiento arbitral.

>El 19 de marzo de 2014 un Juzgado de lo Mercantil de Madrid ha admitido la demanda colectiva interpuesta por la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) y 3.200 preferentistas contra Bankia y Caja Madrid Finance Preferred exigiendo la nulidad de los contratos de venta de estos títulos perpetuos. El magistrado ha emplazado a otros perjudicados a unirse al proceso y les ha dado un plazo de dos meses para hacerlo.

>El 16 de febrero de 2017 el Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid ha rechazado parcialmente la demanda colectiva de Adicae por la venta de preferentes de Caja Madrid por tratarse de una demanda a través de una acción conjunta en lugar de una individual para solicitar la nulidad, con lo que la entidad no tendrá que devolver lo invertido. La sentencia del titular del juzgado reconoce irregularidades en la comercialización de preferentes, consecuencia de la difusión de información incompleta y de prácticas inadecuadas. Pero sostiene que los afectados deberían haber reclamado no mediante una acción colectiva, sino de forma individual de error en el consentimiento para poder demostrarlo.

(Para más información véanse los contenidos relacionados correspondientes).

Además pueden ser consultadas las páginas web de la asociación de consumidores Adicae (http://new.adicae.org).

 

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Fecha última modificación: 21 de mayo de 2018 a las 09:51

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